REDAM: el registro que busca garantizar el pago de las cuotas alimentarias en Colombia

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Vamos Belén

Asegurar que los niños, niñas y adolescentes reciban oportunamente los alimentos que necesitan para su desarrollo no es solo una obligación moral, sino un deber legal. En Colombia, durante muchos años, el incumplimiento de las cuotas alimentarias fue una realidad frecuente que afectó directamente la calidad de vida de miles de familias, especialmente de madres cuidadoras y menores de edad. Frente a esta problemática, el Estado decidió fortalecer los mecanismos de control y presión para garantizar el pago efectivo de estas obligaciones, dando origen al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, conocido como REDAM, creado mediante la Ley 2097 de 2021.

El REDAM surge como una herramienta diseñada para promover la responsabilidad de quienes tienen obligaciones alimentarias y no las cumplen. Su propósito principal es incentivar el pago oportuno de las cuotas fijadas legalmente y generar consecuencias claras para quienes, de manera injustificada, dejan de responder por los alimentos que deben. En palabras sencillas, se trata de una base de datos oficial en la que se registran las personas que han incumplido con el pago de sus obligaciones alimentarias durante un tiempo determinado, con el fin de ejercer presión legal y social para que se pongan al día.

La Ley 2097 de 2021 estableció este registro como un mecanismo de control frente al incumplimiento de las obligaciones alimentarias, entendidas estas como aquellas destinadas a cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación, salud, recreación y vestuario. Estas obligaciones suelen ser fijadas por un juez de familia, pero también pueden surgir de actas de conciliación u otros documentos que tengan fuerza ejecutiva. El elemento clave es que exista un título válido que respalde la obligación de pago.

Una persona puede ser inscrita en el REDAM cuando ha dejado de pagar la cuota alimentaria durante tres meses o más. Es importante aclarar que estos meses no tienen que ser consecutivos; basta con que, en algún momento, se acumulen tres cuotas en mora. Este detalle resulta fundamental, ya que muchas personas creen erróneamente que solo se configura el incumplimiento cuando se deja de pagar de forma continua, lo cual no es cierto. La ley busca sancionar el incumplimiento reiterado, incluso si ocurre de manera intermitente.

El registro funciona a través de una plataforma digital oficial administrada por el Estado colombiano, a la cual se puede acceder mediante el portal redam.gov.co. Sin embargo, la consulta del certificado no se realiza directamente allí, sino a través de la Carpeta Ciudadana Digital, utilizando el sistema de autenticación digital del Estado. Esto permite que cualquier persona, de manera segura, pueda verificar si está o no reportada como deudora alimentaria morosa.

La inscripción en el REDAM no se hace de forma automática. Para que una persona sea reportada, debe existir una solicitud formal presentada por el acreedor de la obligación alimentaria. Esta solicitud puede elevarse ante el juez que conoce o conoció del proceso judicial en el que se fijó la cuota, o ante entidades como las Comisarías de Familia o los defensores de familia del ICBF, cuando la obligación no proviene de una sentencia judicial sino de otro título válido.

Una vez presentada la solicitud, el juez o la autoridad competente debe informar al presunto deudor, otorgándole un plazo de cinco días hábiles para que explique si existe una razón válida que justifique el no pago. Este paso es fundamental, ya que garantiza el derecho de defensa y el debido proceso. El deudor puede demostrar, por ejemplo, que ya pagó la obligación, que existe un error en la liquidación o que atraviesa una situación excepcional debidamente acreditada.

Si vencido este término no se logra desvirtuar el incumplimiento, la autoridad ordena la inscripción en el REDAM. Una vez la decisión queda en firme, el despacho correspondiente debe remitir la orden de registro en un plazo máximo de cinco días hábiles. A partir de ese momento, el nombre del deudor aparece oficialmente en el registro como moroso.

Ahora bien, la inscripción en el REDAM no es permanente. La ley prevé la posibilidad de levantar el reporte una vez el deudor se ponga completamente al día con la obligación. Para ello, la persona debe pagar la totalidad de las cuotas adeudadas, incluyendo capital, intereses y costas procesales si a ello hay lugar, o demostrar que ha suscrito un acuerdo de pago aceptado por la autoridad competente.

El trámite para salir del REDAM implica acudir a la entidad que realizó el reporte, ya sea un juzgado de familia, una comisaría de familia o un defensor de familia del ICBF, y presentar los soportes que acrediten el pago o el acuerdo. Posteriormente, el despacho que ordenó la inscripción debe oficiar al registro para que se levante la anotación, lo cual debe hacerse dentro de los cinco días hábiles siguientes. Finalmente, el ciudadano puede descargar un nuevo certificado para verificar que ya no aparece reportado.

Consultar si una persona está inscrita en el REDAM es un proceso relativamente sencillo. Primero, se debe realizar el registro en la Carpeta Ciudadana Digital con el documento de identidad. Luego de iniciar sesión, se accede al apartado de “Mis categorías”, se selecciona la opción relacionada con seguridad, justicia y servicios notariales, y se elige la consulta del certificado de deudores alimentarios morosos. El sistema mostrará un documento que indica claramente si la persona se encuentra o no inscrita, con la opción de descargar o compartir el certificado.

Uno de los aspectos más relevantes del REDAM son las consecuencias legales que acarrea estar inscrito en este registro. Mientras el deudor no se encuentre a paz y salvo, la ley establece una serie de restricciones que buscan incentivar el cumplimiento de la obligación alimentaria. Estas consecuencias no tienen un carácter meramente simbólico, sino que impactan de forma directa la vida laboral, económica y social del deudor.

Entre las principales consecuencias se encuentra la imposibilidad de contratar con el Estado. Una persona inscrita en el REDAM no puede celebrar contratos estatales hasta tanto no se ponga al día con sus obligaciones alimentarias. Esta restricción también aplica cuando el deudor actúa como representante legal de una empresa que pretende contratar con entidades públicas. De igual forma, quienes estén reportados no podrán ser nombrados ni posesionados en cargos públicos, ni acceder a cargos de elección popular. Si el deudor ya es servidor público al momento de la inscripción, podrá ser suspendido del ejercicio de sus funciones hasta que cumpla con la obligación alimentaria, siempre garantizando su derecho al debido proceso y a la defensa.

Otra consecuencia importante se presenta en el ámbito patrimonial. Cuando una persona inscrita en el REDAM pretende vender bienes muebles o inmuebles sujetos a registro, las notarías están obligadas a exigir el certificado del registro.

El acceso al sistema financiero también se ve afectado. Las entidades bancarias y de financiamiento deben exigir el certificado del REDAM cuando una persona solicita un crédito o la renovación de uno existente. Esto puede dificultar la obtención de préstamos, tarjetas de crédito o cualquier otro producto financiero. Adicionalmente, la ley contempla el impedimento para salir del país y realizar trámites migratorios ante Migración Colombia. Esta medida busca evitar que el deudor evada su responsabilidad trasladándose al exterior sin cumplir con sus obligaciones alimentarias.

Finalmente, la normativa establece que no será necesaria la autorización del padre o madre inscrito en el REDAM para ciertos trámites relacionados con los hijos, como lo contemplaba anteriormente la legislación de infancia y adolescencia. Esta disposición busca proteger el interés superior del menor frente al incumplimiento del deber alimentario.

En conclusión, el REDAM se consolida como un instrumento clave para fortalecer la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Colombia. Más allá de ser un simple listado de deudores, este registro representa un mensaje claro del Estado: el incumplimiento de las obligaciones alimentarias tiene consecuencias reales. Al mismo tiempo, ofrece una ruta clara para que quienes han fallado puedan ponerse al día y recuperar plenamente sus derechos, reafirmando que la responsabilidad parental no es opcional, sino un compromiso legal y social ineludible.