Aunque todavía parezca muy lejano hay un proceso democrático que otra vez está a
la vuelta de la esquina: el próximo 29 de octubre, Colombia volverá a las urnas.
Elegirá, esta vez, alcaldes y gobernadores, pero también diputados de las
asambleas, concejales y ediles de las juntas administradoras locales. Quienes
salgan elegidos por voto popular asumirán funciones el 1 de enero de 2024 y hasta
el 31 de diciembre de 2027.
Como en adelante la ciudadanía se topará con campañas, reuniones políticas,
volantes en los semáforos y pasacalles con algunas caras conocidas, y debates en
directo por la tv pública y por redes sociales, EPM lanzará de nuevo su estrategia
Apertura Informativa.
Leandro Andrés Restrepo Vanegas, profesional de Relaciones Externas y Gobierno
en EPM, explica que esta estrategia consiste en estructurar y compartir información
de interés público para que electores y candidatos puedan informarse sobre temas
que tienen que ver con la prestación de servicios públicos y con los alcances de
cada cargo de elección popular.
El objetivo es que los ciudadanos puedan saber por medio de una información
rigurosa, técnica y veraz si una promesa de un candidato, por ejemplo, sobre rebajar
las tarifas de servicios públicos o llevar el agua potable y la energía a un sector de
un barrio está al alcance de sus funciones.
“Para nosotros Apertura Informativa es muy importante por tres razones: la primera
es que buscamos contribuir con el ejercicio electoral para que las decisiones que
tomen los públicos en temas de servicios públicos sean informadas; lo segundo,
porque nos interesa proteger la reputación del Grupo EPM y anticiparnos a las
discusiones de campañas electorales en las que haya temas que tienen que ver con
la empresa; y lo tercero porque entablamos relaciones con quienes serán a futuro
mandatarios y que serán un grupo de interés para nosotros”, dice Restrepo.
Los espacios para participar de la estrategia van desde un sitio web con material
pedagógico e información hasta foros y conversatorios en los municipios donde
EPM hace presencia con algunos de sus servicios.
Vale recordar, además, que en Colombia los servicios públicos domiciliarios están
regulados por la Ley 142 de 1994 y la Ley 143 de 1994. Allí se habla del alcance de
la prestación de los servicios, las pautas para las tarifas, el ordenamiento jurídico,
qué actores son claves dentro de esta responsabilidad y del alcance de entidades
como la Comisión de Regulación de Energía y Gas y la Comisión de Regulación de
Agua Potable y Saneamiento Básico.